Nuestros perros

miércoles, 25 de noviembre de 2015

Ordenanza Municipal sobre tenencia de animales de compañía potencialmente peligrosos. Ayuntamiento de Castellón

Para todos aquellos que queráis incluir uno de estos perros en vuestra casa aquí transcribimos la ordenanza municipal del Ayuntamiento de Castellón para que no os pille por sorpresa ninguno de los requisitos que exigen para la tenencia de este tipo de animales.





TITULO XI.- DE LOS ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS

CAPITULO I.- CONCEPTO Y LICENCIA

ARTICULO 42°: CONCEPTO Y LEGISLACION APLICABLE‘

Los animales Potencialmente Peligrosos definidos en el arti 4° de la presente Ordenanza, se regirán por lo previsto en la misma y por lo dispuesto en la Ley 50/99, de 23 de diciembre, sobre Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, el Real Decreto 287/2002, de 22 de
marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos, el Decreto 145/2000, de 26 de septiembre, del Gobierno Valenciano, por el que se regula, en la Comunidad Valenciana, la tenencia de animales potencialmente peligrosos, y demás legislación aplicable,

ARTICULO 43°: LICENCIA Y VIGENCIA DE LA MISMA

La tenencia de cualesquiera animales clasificados como potencialmente peligrosos requerirá la obtención de una licencia administrativa, con un periodo de validez de cinco años pudiendo ser renovada por periodos sucesivos de igual duración. El órgano competente para otorgarla es el Alcalde, pudiendo delegarla.

Para la obtención de la licencia sera necesario el cumplimiento de los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de edad y no estar incapacitado para proporcionar los cuidados necesarios al animal.

b) No haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones, torturas contra la libertad o contra la integridad moral, la libertad sexual y la salud pública, de asociación con banda armada o de narcotráfico, así como ausencia de sanciones por infracciones en materia de tenencia de animales
potencialmente peligrosos,

c) No haber sido sancionado por infracciones graves ó muy graves con alguna de las sanciones accesorias de las previstas en el apartado 3 del artículo 13 de la Ley 50/99, No obstante, no sera impedimento para la obtención, o en su caso, renovación de la licencia, haber sido sancionado con la suspensión temporal de la misma, siempre que, en el momento de la solicitud, la sanción de suspensión anteriormente impuesta haya sido cumplida íntegramente.

d) Certificado de aptitud psicológica para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

e) Certificado de capacidad física para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

f) Acreditación de haber formalizado un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros que pueden ser causados por sus animales, por la cuantía mínima de ciento veinte míl euros,



CAPITULO II.- OBLIGACIONES DE LOS PROPIETARIOS DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS


ARTICULO 44°: COMERCIO


La importación o entrada en el termino municipal de cualesquiera animales que fueren clasificados como potencialmente peligrosos, así como su venta o transmisión por cualquier titulo estarán condicionadas a que tanto el importador, vendedor o trasmitente hayan obtenido la licencia a que se refiere el párrafo anterior, así como a la normativa comunitaria y a lo dispuesto en los Tratados Internacionales que le sean de aplicación,

Las operaciones de compraventa, traspasos, donación o cualquier otra que suponga cambio de titular de animales potencialmente peligrosos, requerirán, al menos, de los siguientes requisitos:

a) Existencia de licencia vigente por parte del vendedor.

b) Obtención previa de licencia por parte del comprador.

c) Acreditación de la cartilla sanitaria autorizada.

d) Inscripción de la transmisión del animal en el Registro Municipal, en el plazo de quince días desde la obtención de la licencia correspondiente.



ARTICULO 45.- OBLIGACIONES DE LOS PROPIETARIOS, CRIADORES Y TENEDORES DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS


l.- Identificación: Los propietarios, criadores o tenedores de estos animales tendran la obligación de identificar y registrar a los mismos en la forma y procedimiento descrito en la presente ordenanza.

El Ayuntamiento tendrá un Registro de Animales Potencialmente Peligrosos clasificados por especies en el que constarán los datos personales y las características del animal que hagan posible su identificación, el lugar habitual de residencia y los fines a los que está destinado (convivencia, guarda, protección, etc..).

Se considerarán Animales Potencialmente Peligrosos, los que a continuación se transcriben:

A) Animales de especie canina:

a.1,- Razas:

-American Staffordshire Terrier
-Starffordshire Bull Terrier
-Perro de Presa Mallorquin
-Fila Brasileño
-Perro de Presa Canario
-Bullmastiff
-Pit Bull Terrier
-Rottweíler
-Bull Terríer
-Dogo de Burdeos
-Tosa Inu
-Dogo argentino
-Doberman
-Mastín napolitano
-Akíta Inu.
-Cruces de los anteriores entre ellos o con otras razas obteniendo una tipología similar a alguna de estas razas,

a.2. - Perros que tengan todas o la mayoría de las características siguientes:

- Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.

- Marcado carácter y gran valor.

- Pelo corto.

- Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre SO y 70 centímetros y peso superior a 20 Kg.

- Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda,

- Cuello ancho, musculoso y corto.

- Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.

- Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderador.

a3.- Animales de la especie canína que manifiesten un carácter marcadamente agresivo o que hayan agredido a personas o animales y cuya agresión ha sido notificada o pueda ser demostrada.

a4.- Perros adiestrados para el ataque.

B) Animales de la fauna salvaje:

bl.- Reptiles: todos los cocodrilos, caimanes y ofidios venenosos, y del resto todos los que superen los 2 kilogramos de peso actual o adulto.

b2.- Antrópodos y peces: aquellos cuya inoculación de veneno precise de hospitalización del agredido, siendo el agredido una persona no alérgica al tóxico.

b3.- Mamíferos: aquellos que superen los 10 kilogramos en estado adulto.



2.- Adiestramiento: Queda prohibido el adiestramiento de animales dirigido exclusivamente a acrecentar y reforzar su agresividad para las peleas y ataque.

El adiestramiento para guarda y defensa deberá efectuarse por adiestradores que posean el certificado de capacitación otorgado por la autoridad competente.

3.- Esterilización: podrá ser efectuada de forma voluntaria a petición del titular o, en su caso, obligatoriamente por mandato o resolución de las autorizadas administrativas o autoridades judiciales y deberá ser inscrita en la hora registral del animal. En todo caso se efectuará por un veterinario, con anestesia y con las debidas garantías de no haber causado sufrimiento innecesario al animal.

4.- Cumplir las obligaciones en materia sanitaria, de alojamiento y de seguridad ciudadana para este tipo de animales establecidas en la legislación vigente y en todo caso en lugares o espacios públicos las personas que los conduzcan deberán llevar la licencia y obligatoriamente el animal llevara bozal.

5.- Excepciones: Cuándo las circunstancias así lo aconsejen, podrán establecer excepciones al cumplimiento de determinadas obligaciones de los propietarios en los casos de:

a) Organismos públicos o privados que utilicen estos animales con una función social.

b) Explotaciones agrarias que utilicen perros de guardia, defensa y manejo de ganado, así como actitudes de carácter cinegético, excepto actividades ilícitas.

c) Pruebas de trabajo y deportivas con fines a la selección de los ejemplares que participan en las mismas y que estén autorizadas y supervisadas por la autoridad competente, con exclusión de los ejercicios para peleas y ataque.

6.- Clubes de razas y asociaciones de criadores: Estos organismos, oficialmente reconocidos para llevar los libros genealógicos deberán exigir, en el marco de sus reglamentos, las pruebas de socialización correspondientes a cada raza, con el fin de que solamente admitan para la reproducción aquellos animales que superen estas pruebas satisfactoriamente, en el sentido de no manifestar agresividad y, por el contrario, demostrar unas cualidades adecuadas para su óptima convivencia en la sociedad,

En las exposiciones de razas caninas quedaran excluidos de participar aquellos animales que demuestren actitudes agresivas o peligrosas, Quedara constancia de estas incidencias en los registros de los Clubes y Asociaciones correspondientes y para los perros potencialmente peligrosos deberán
comunicarse a los registros municipales por parte de las entidades organizadoras,


lunes, 23 de noviembre de 2015

Donativo de la Asociación Vegetariana y Vegana de Castellón

Ayer domingo 22/11/2015, en el stand de la A.P.A. que montamos en la feria de la adopción organizada en el paseo Ribalta por Huellas Callejeras, la Asociación Vegetariana y Vegana de Castellón nos hizo entrega de una donación de 175 euros que recaudaron mediante un sorteo solidario.

Mil gracias por vuestra ayuda!!



viernes, 20 de noviembre de 2015

Hoy, primeros auxilios

Hoy tenemos a los alumnos de la primera convocatoria del curso de peluqueríua canina y felina realizando la unidad de Primeros auxilios en el Centro de Estudios Agora.

Porque consideramos que saber actuar ante situaciones así puede salvar una vida.












Adelanto del calendario Bomberos de Castellón/APA por una Manada Feliz



Ya sabemos cual será la portada del calendario solidario que han realizado los perretes de la protectora con el Cuerpo de Bomberos de Castellón.

Próximamente saldrá a la venta. Todo lo recaudado será para la asociación protectora. Hay fotos realmente chulas!!


jueves, 19 de noviembre de 2015

Paseando por la ciudad, creando conciencia

Ayer voluntarios de la protectora se dieron un paseo para promocionar los perritos que buscan su manada feliz por las calles de Castellón acompañados de los chicos y chicas de la Asociación Síndrome de Down.


Como se puede ver, triunfó el buen ambiente y la solidaridad.













Llega Retorn a Manada Feliz, la mejor alimentación natural para nuestros peludos


A partir de hoy disponéis de toda la gama de piensos secos y húmedos Retorn en la tienda de Manada Feliz.

Con tres variedades, salmón, cordero y pollo como fuente única de proteína animal, sin cereales y con alto contenido en Omega 3, lo convierten en una alimenmtación sana y equilibrada para reforzar la salud de nuestros peludos.

Al ser un alimento monoprotéico nos ayuda a prevenir las intolerancias alimentarias. Además es muy digestible ya que no se utilizan subproductos en su elaboración e hipocalórico, lo que ayuda a controlar y prevenir la obesidad, síndrome metabólico y la diabetes.

Además, para complementar la dieta de vuestros peludos disponéis de latas de comida húmeda 100% natural, sabrosas, muy digestibles y apetitosas, gracias a su contenido equilibrado en proteínas, grasas y fibras.

Para perros:
  • Cordero con arroz
  • Pescado con patatas
  • Pollo con zanahorias
  • Reno con judías verdes
Para gatos:
  • Atún con salmón
  • Atún con sardina
  • Atún con mejillones
  • Atún con gambas
  • Pollo con conejo
  • Buey con aceitunas
  • Pollo
Más info: Retorn

miércoles, 18 de noviembre de 2015

Menores del Programa ‘Labor’ de Castellón se forman en la atención y cuidado de animales de compañía

Fundación Diagrama y Manada Feliz han iniciado una colaboración con la que los jóvenes del Programa ‘Labor’ de Castellón, dependiente del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y gestionado por Fundación Diagrama, podrán realizar una serie de actividades formativas divididas en contenidos prácticos y teóricos.


Fruto de esta colaboración, el pasado 3 de agosto, uno de los jóvenes atendidos en el centro reeducativo ‘Pi Gros’ de Castellón, dependiente de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana y gestionado por Fundación Diagrama, recibió su título de auxiliar de peluquería canina tras realizar un mes de prácticas en la tienda.



Con esta iniciativa se mejora el proceso de inserción sociolaboral de los menores y se desarrollan nuevos conocimientos con los que pueden conseguir una titulación, además de promover nuevas herramientas y hábitos laborales. Esta colaboración está teniendo resultados muy satisfactorios para los jóvenes que forman parte de ella, que han demostrado su esfuerzo y compromiso tanto dentro como fuera del centro.